"No se justificó de modo alguno que efectivamente se hayan cerrado los 70 locales indicados en las cartas de despido".
Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acoge demanda por despido injustificado de empleadas de farmacia.
El Tribunal estableció que en la especie, no se encuentra probada la necesidad “urgente e imperiosa” de despedir a las trabajadoras, debido a la baja en las ventas y el cierre de locales.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado de cinco empleadas de Farmacias Ahumada SA, desvinculadas por la causal de necesidades de la empresa.
La sentencia sostiene que entrando al análisis de la causal de despido, de acuerdo al artículo 454 N°1 del Código del Trabajo, en los juicios sobre despido corresponderá en primer lugar al demandado la rendición de la prueba, debiendo acreditar la veracidad de los hechos imputados en las comunicaciones, sin que pueda alegar en el juicio hechos distintos como justificativos del despido, por lo que correspondía a la demandada acreditar el fundamento de la causal de despido prevista en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, ‘necesidades de la empresa’.
La resolución agrega que la carta enviada a la mayoría de los demandantes es del siguiente tenor:
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