Diario Constitucional

Ley Nº 19.853 y Código del Trabajo.

Normas que impiden obtener bonificación a la contratación de mano de obra a empleadores que incurran en prácticas antisindicales o infrinjan derechos fundamentales del trabajador, se pide declararlas inaplicables al Tribunal Constitucional.

La Corporación Municipal estima que los preceptos legales invocados imponen una sanción que no se ajusta al principio de proporcionalidad y asimismo vulnera la garantía del debido proceso.

Por Redacción·01 de diciembre de 2021·3 min de lectura
Normas que impiden obtener bonificación a la contratación de mano de obra a empleadores que incurran en prácticas antisindicales o infrinjan derechos fundamentales del trabajador, se pide declararlas inaplicables al Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 5 de la Ley N° 19.853, que crea una bonificación a la contratación de mano de obra en las regiones I, XV, XI, XII y provincias de Chiloé y Palena; junto al inciso final del artículo 495 delCódigo del Trabajo.

El artículo 5 de la Ley N° 19.853, señala:

“Para optar al pago de la bonificación, los empleadores deberán presentar una declaración jurada en la cual declararán no haber sido condenados, en los últimos seis meses, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador”.

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