Ley Karin entrará en vigencia el 1 de agosto de 2024.
Contraloría toma de razón del Reglamento de la Ley Karin que establece directrices para investigaciones de acoso sexual, laboral y violencia laboral.
Establece las directrices a las que se deberán ajustar todas las investigaciones de acoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo, las que incluyen derechos y obligaciones generales de las personas y entidades involucradas en dicho procedimiento, entre otras regulaciones.

El 15 enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.643, que “Modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o de violencia en el trabajo”, conocida como Ley Karin, la que entrará en vigencia el 1 de agosto de 2024.
Esta ley se ajusta al Convenio 190 de la OIT, que busca erradicar la violencia y el acoso en los espacios laborales. También es parte de un conjunto de medidas que se han aprobado o se están tramitando con perspectiva de género en materia laboral, como la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas, el robustecimiento de la ley “SANNA” y la ley que concilia la vida laboral, familiar y personal.
De acuerdo con los últimos datos de la Dirección del Trabajo, entre 01 enero 2022 y 30 de abril 2024, se han recibido 4.645 denuncias por acoso laboral (3.804 denuncias hechas directamente por los trabajadores y de estos 67,8% son mujeres) y se han registrado 2.248 denuncias por temáticas relacionadas con acoso sexual, de las cuales 1.238 afectan directamente a personas trabajadoras, siendo mujeres el 93,1% de las víctimas.
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