Diario Constitucional

Delito de traición institucional

Proyecto de ley busca castigar con hasta 15 años de cárcel a funcionarios que colaboren con el crimen organizado

Un proyecto de ley presentado por los diputados Mauro González, Marcos Ilabaca, Raúl Leiva, Daniel Manouchehri (A), Cristóbal Martínez, José Montalva, Jaime Mulet y César Valenzuela, junto con las diputadas Pamela Jiles y Gael Yeomans, propone tipificar el delito de traición institucional para…

Por Redacción·01 de noviembre de 2026·4 min de lectura
Proyecto de ley busca castigar con hasta 15 años de cárcel a funcionarios que colaboren con el crimen organizado
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Un proyecto de ley presentado por los diputados Mauro González, Marcos Ilabaca, Raúl Leiva, Daniel Manouchehri (A), Cristóbal Martínez, José Montalva, Jaime Mulet y César Valenzuela, junto con las diputadas Pamela Jiles y Gael Yeomans, propone tipificar el delito de traición institucional para sancionar a autoridades y funcionarios públicos que colaboren con organizaciones criminales o favorezcan la impunidad de sus integrantes.

La iniciativa contempla modificaciones al Código Penal, a la Ley N°19.884, sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, y a la Ley N°18.603, orgánica constitucional de los partidos políticos. Su objetivo es fortalecer las sanciones frente a la participación de funcionarios públicos en actividades del crimen organizado y castigar el financiamiento de campañas electorales y partidos políticos mediante recursos provenientes de delitos.

Entre sus fundamentos, los autores advierten sobre el avance de la criminalidad organizada en Chile y el riesgo de que estas organizaciones establezcan vínculos con funcionarios e instituciones del Estado.

Para respaldar este diagnóstico, citan el Global Organized Crime Index 2025, que situó a Chile en el octavo lugar de Sudamérica en niveles de criminalidad organizada. Según el informe, el índice nacional aumentó de 4,6 en 2021 a 5,48 en 2025, cifras que, a juicio de los parlamentarios, reflejan una mayor presencia de estas organizaciones y sus redes de influencia.

La moción cita la Operación Tokio, realizada en junio de 2026, que permitió desarticular una célula del Tren de Aragua investigada por el presunto lavado de más de $78 mil millones y dejó 19 detenidos, entre ellos un ejecutivo bancario. También menciona 64 casos de tráfico y venta de drogas detectados entre 2023 y el primer semestre de 2025 en Carabineros, Gendarmería y las Fuerzas Armadas, así como el asesinato del exoficial venezolano Ronald Ojeda, presuntamente vinculado, según declaraciones de testigos, a una operación ordenada desde Venezuela. Para los autores, estos antecedentes reflejan el riesgo de infiltración del crimen organizado en las instituciones del Estado.

A partir de estos hechos, los parlamentarios plantean que la legislación chilena no contempla una figura penal autónoma que sancione específicamente la colaboración de autoridades y funcionarios públicos con organizaciones criminales desde el ejercicio de sus cargos, en los términos que propone la iniciativa.

También advierten la necesidad de establecer un delito específico para castigar el financiamiento de campañas electorales con recursos provenientes del crimen organizado.

En ese contexto, la moción propone reconocer la integridad democrática del Estado como un bien jurídico que requiere especial protección, al considerar que estas conductas afectan simultáneamente la seguridad pública, la probidad administrativa y el funcionamiento del sistema electoral.

Como referencia, el proyecto cita las legislaciones de Italia, Colombia y México, que contemplan sanciones especiales para quienes colaboran con organizaciones criminales desde el ámbito público. Destaca la figura italiana del concorso esterno in associazione mafiosa, fortalecida tras los asesinatos de los jueces Giovanni Falcone y Paolo Borsellino en 1992, así como el delito de concierto para delinquir agravado en Colombia y las sanciones aplicables a funcionarios vinculados con el crimen organizado en México.

Para los autores, estos antecedentes demuestran la importancia de establecer un tratamiento penal diferenciado cuando las conductas delictivas comprometen el funcionamiento y la integridad de las instituciones del Estado.

La iniciativa propone incorporar el artículo 260 quinquies al Código Penal para sancionar a autoridades y funcionarios públicos que faciliten actividades de organizaciones criminales o vinculadas al narcotráfico, o favorezcan la impunidad de sus integrantes, con penas de cinco años y un día a diez años de presidio, multas de 100 a 1.000 UTM e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, incluidos los de elección popular. Las penas aumentarían a diez años y un día a quince años de cárcel y multas de 500 a 1.000 UTM cuando los responsables ejerzan funciones de seguridad, inteligencia, persecución penal, administración penitenciaria, control fronterizo o fiscalización tributaria o aduanera, utilicen información reservada, armamento o bases de datos estatales, o busquen frustrar investigaciones penales. Si solicitan, aceptan o reciben beneficios a cambio, se aplicaría la pena en su grado máximo. También se castigaría el incumplimiento deliberado de deberes legales de prevención, denuncia, fiscalización, investigación o persecución para favorecer a estas organizaciones.

En materia electoral, el proyecto propone incorporar el artículo 30 bis a la Ley N°19.884 para sancionar con penas de cinco años y un día a quince años de presidio a candidatos, jefe de campaña y administradores electorales que, con conocimiento de su origen delictivo, reciban, administren o utilicen recursos ilícitos para financiar campañas. La sanción también alcanzaría a quienes transfieran, intermedien, fraccionen, oculten o faciliten dichos fondos. Si solo existe una solicitud, oferta o promesa sin entrega efectiva, la pena se rebajaría en un grado y se aplicaría una multa de una a tres veces el monto involucrado.

Finalmente, el proyecto propone incorporar el artículo 43 bis a la Ley N°18.603 para sancionar al administrador general de fondos, al tesorero o a quienes administren directamente los recursos de un partido político y utilicen conscientemente bienes, servicios o beneficios de origen delictivo para financiar sus actividades.

De esta manera, el proyecto busca establecer responsabilidades penales tanto para quienes faciliten la actuación de organizaciones criminales desde las instituciones públicas como para quienes permitan el ingreso consciente de recursos ilícitos al financiamiento electoral y partidario.

La propuesta apunta a proteger la probidad de las instituciones, evitar la influencia del crimen organizado en las decisiones públicas y resguardar la integridad del sistema democrático mediante la creación de nuevos delitos y el establecimiento de sanciones específicas.

Vea texto mociónBoletín N°18.664-07 y siga su tramitación aquí.

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