Diario Constitucional

Seguridad vial y prevención del delito

Proyecto de ley busca exigir cursos obligatorios para motociclistas y prohibir acompañantes en servicios de reparto

Un proyecto de ley presentado por los senadores Miguel Ángel Calisto, Karol Cariola, María José Gatica, Alejandro Kusanovic y Matías Walker, propone modificar la Ley de Tránsito para fortalecer las exigencias aplicables a la conducción de motocicletas, motonetas, bicimotos y vehículos similares,…

Por Redacción·29 de octubre de 2026·5 min de lectura
Proyecto de ley busca exigir cursos obligatorios para motociclistas y prohibir acompañantes en servicios de reparto
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Un proyecto de ley presentado por los senadores Miguel Ángel Calisto, Karol Cariola, María José Gatica, Alejandro Kusanovic y Matías Walker, propone modificar la Ley de Tránsito para fortalecer las exigencias aplicables a la conducción de motocicletas, motonetas, bicimotos y vehículos similares, con el objetivo de reducir los accidentes de tránsito y prevenir delitos cometidos mediante el uso de estos medios de transporte.

La iniciativa plantea establecer un curso teórico y práctico obligatorio para obtener la licencia de conducir Clase C, prohibir el traslado de acompañantes en motocicletas utilizadas para el reparto de bienes y exigir un sistema adicional de identificación que permita visualizar la placa patente del vehículo desde la parte posterior del conductor. Asimismo, contempla sanciones por el incumplimiento de estas obligaciones.

El proyecto se fundamenta en el crecimiento del parque de motocicletas en Chile, el aumento de los accidentes que involucran a estos vehículos y su utilización en determinados delitos, especialmente robos con violencia o intimidación.

Según antecedentes de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET) citados en la moción, entre 2015 y 2024 el parque de motocicletas aumentó un 54,9%. Durante 2025 se vendieron 28.594 unidades, de las cuales más de dos tercios se comercializaron en la Región Metropolitana.

En materia de seguridad vial, la iniciativa señala que durante 2024 se registraron 6.884 siniestros de tránsito con participación de motocicletas, que dejaron 215 personas fallecidas y 5.114 lesionadas, de las cuales 1.747 sufrieron heridas graves.

Asimismo, indica que durante la última década se contabilizaron 1.898 motociclistas fallecidos y cerca de 56.000 lesionados, lo que sitúa a los ocupantes de estos vehículos como el tercer grupo de usuarios de las vías con mayor número de víctimas fatales.

La moción también advierte un incremento de los delitos cometidos mediante motocicletas. De acuerdo con las cifras expuestas, estos hechos pasaron de 1.431 casos en 2022 a 4.391 en 2024, lo que representa un aumento acumulado superior al 200%. Durante 2025 se registraron 3.418 casos, de los cuales más del 92% correspondieron a robos con violencia o intimidación.

En particular, las denuncias por asaltos cometidos desde motocicletas alcanzaron los 248 casos en 2025. El 57,8% de ellos se concentró en las comunas de Santiago, Ñuñoa, La Florida, Providencia y San Miguel.

El proyecto agrega que aproximadamente el 30,5% de los delitos registrados durante ese año involucró a personas vinculadas a aplicaciones o empresas de reparto, antecedente que sus autores consideran relevante para establecer mayores medidas de control en esta actividad.

Junto con estas cifras, la iniciativa identifica deficiencias en la regulación vigente. Una de ellas es que, actualmente, la obtención de la licencia no profesional Clase C no exige haber aprobado previamente un curso especializado de formación teórica y práctica impartido por una escuela de conductores reconocida oficialmente.

También advierte la ausencia de una prohibición legal expresa para transportar acompañantes en motocicletas destinadas al retiro, reparto o entrega de bienes.

Sobre este punto, la moción recuerda que en junio de 2026 la Corte de Apelaciones de Santiago invalidó una ordenanza de la Municipalidad de Independencia que regulaba esta materia, al considerar que las restricciones de este tipo deben establecerse mediante una ley y no únicamente a través de disposiciones municipales.

Otro problema identificado es la dificultad para reconocer a los conductores de motocicletas cuando participan en hechos delictivos. Según los fundamentos del proyecto, el tamaño reducido de las placas patentes y el uso obligatorio de casco pueden dificultar su identificación mediante cámaras de vigilancia o declaraciones de testigos, favoreciendo situaciones de anonimato e impunidad.

Para abordar estas situaciones, la iniciativa propone modificar distintas disposiciones de la Ley N°18.290, de Tránsito.

En primer lugar, plantea modificar el inciso segundo del artículo 5 para precisar que las personas que conduzcan motocicletas o vehículos similares utilizando un permiso internacional deberán acreditar que dicho documento contempla expresamente una categoría que las habilite para manejar esa clase de vehículos.

En segundo término, propone modificar los artículos 13 y 14 para incorporar como requisito especial de obtención de la licencia Clase C la aprobación de un curso teórico y práctico impartido por una escuela de conductores reconocida oficialmente.

El cumplimiento de esta exigencia deberá acreditarse mediante el certificado correspondiente, con el propósito de asegurar que quienes obtengan por primera vez esta licencia cuenten con preparación específica para conducir motocicletas y vehículos similares.

En materia de transporte de pasajeros, el proyecto propone modificar el inciso segundo del artículo 79 para prohibir expresamente que las motocicletas, motonetas y bicimotos utilizadas en actividades de retiro, reparto o entrega de bienes circulen con acompañantes. La restricción se aplicaría con independencia de la naturaleza laboral o de la modalidad contractual bajo la cual se preste el servicio. De esta manera, comprendería tanto a quienes desarrollen estas actividades mediante contratos de trabajo como a quienes lo hagan bajo otras formas de prestación de servicios.

Asimismo, la iniciativa contempla modificar el artículo 80 para establecer la obligación de que todo conductor de motocicleta porte un elemento de identificación complementario que reproduzca la placa patente única del vehículo y permanezca visible desde la parte posterior. La medida busca facilitar la identificación de los vehículos y sus conductores durante las fiscalizaciones, así como mediante cámaras de seguridad o registros obtenidos por terceros.

En cuanto al régimen sancionatorio, el proyecto propone modificar el artículo 132 para sancionar el transporte de personas en espacios no habilitados y el incumplimiento de la prohibición de llevar acompañantes durante las labores de reparto. La iniciativa contempla calificar las infracciones a las nuevas obligaciones como graves.

Finalmente, el artículo transitorio establece que las nuevas exigencias de formación para obtener la licencia Clase C se aplicarán exclusivamente a quienes soliciten una licencia nueva. Por lo tanto, quienes ya cuenten con una licencia de conducir vigente no estarán obligados a realizar el curso teórico y práctico adicional, y tampoco se exigirá su aprobación durante los procesos de renovación.

Con estas modificaciones, la iniciativa busca mejorar la preparación de los conductores, establecer reglas específicas para las actividades de reparto y reforzar los mecanismos de identificación de motocicletas, con el propósito de disminuir la siniestralidad vial y dificultar su utilización en la comisión de delitos.

Vea texto moción Boletín N°18.705-15 y siga su tramitación aquí.

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