Dl n° 3516 y lguc.
Proyecto de ley busca facilitar la venta de predios rústicos, resguardando factores de conservación.
El DL 3.516 no evitó la expansión fuera de los límites urbanos, y peor aún, tampoco aumentó la productividad agrícola, lo cual era su principal motivo de creación.

El autor del proyecto de ley señala que el DL 3.516, que Establece Normas sobre División de Predios Rústicos, se creó en el contexto de migración campo-ciudad, post reforma agraria, en donde se esperaba que los campesinos no dejaran el campo, si no que pudieran vender una parte y quedarse con la otra para vivir y seguir produciendo.
Sin embargo, indica que el Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura, publicó el Oficio Ordinario Nº637/2022, a través del cual ordena al Servicio Agrícola Ganadero (SAG) implementar diversas medidas para enfrentar las subdivisiones prediales rústicas, frenando las que eventualmente podrían provocar un cambio de destino, pasando de agrícola a fines habitacionales, situación que actualmente la ley prohíbe.
Esto se difundió a través de la circular Nº 471/22, la cual señala que las medidas debían ser implementadas con efecto inmediato. Esta determinación genero polémica, dado que restringe la libertad de los propietarios de predios rústicos para subdividir, en orden a sus necesidades.
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