Probidad y prevención de conflictos de interés
Proyecto de ley busca prohibir que familiares de autoridades públicas ejerzan lobby remunerado ante organismos vinculados a sus cargos
La iniciativa propone modificar la Ley del Lobby para impedir que cónyuges, convivientes civiles y familiares cercanos de ministros, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores regionales y parlamentarios representen intereses privados ante los organismos donde estos ejercen funciones. La prohibición se extendería hasta seis meses después del término del cargo y contempla la obligación de declarar vínculos familiares e inhabilidades por incumplimiento.

Los senadores Francisco Huenchumilla, Alejandra Sepúlveda y Esteban Velásquez presentaron un proyecto de ley que busca modificar la Ley N°20.730, que regula el lobby, para prohibir que familiares cercanos de determinadas autoridades públicas ejerzan actividad de manera remunerada ante los organismos donde sus parientes desempeñan funciones.
La iniciativa tiene como objetivo prevenir conflictos de interés, evitar que las relaciones familiares otorguen ventajas indebidas en el acceso a las autoridades y fortalecer la transparencia, la probidad y la igualdad de trato en las decisiones públicas.
Los autores señalan que la Ley del Lobby estableció obligaciones de transparencia y publicidad para regular las gestiones destinadas a influir en las decisiones de las autoridades. Sin embargo, advierten que, después de doce años de aplicación, la normativa presenta limitaciones, ya que no contempla prohibiciones ni inhabilidades específicas para ejercer esta actividad.
En particular, el proyecto identifica un posible conflicto de interés cuando cónyuges, convivientes civiles o familiares cercanos de ministros, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores regionales, diputados y senadores realizan gestiones de lobby ante los mismos organismos donde sus parientes ejercen funciones.
Según la moción, actualmente estas personas pueden representar intereses privados ante dichas instituciones sin estar obligadas a informar su relación familiar con la autoridad. Esta situación podría facilitar influencias indirectas, generar ventajas frente a otros interesados y afectar la igualdad de trato en el acceso a las decisiones públicas.
Los parlamentarios aclaran que el problema no corresponde propiamente al nepotismo, entendido como el favorecimiento de familiares en el acceso a cargos públicos, sino a los posibles conflictos de interés que surgen cuando una persona utiliza su relación familiar para representar intereses privados ante el Estado.
Los autores sostienen que las leyes N°19.880, N°18.575, N°18.918 y N°20.880 no regulan suficientemente el lobby ejercido por familiares de autoridades, por lo que proponen establecer restricciones que eviten el uso de estos vínculos para obtener ventajas en el acceso a organismos públicos e influir en sus decisiones.
La moción señala que el proyecto de modernización de la Ley del Lobby (Boletín N°16.888-06, refundido con Boletines N°16.593-06 y N°16.988-06) amplía las exigencias de transparencia, incorpora nuevos sujetos obligados y establece restricciones vinculadas con la denominada puerta giratoria. Sin embargo, advierte que no regula el lobby ejercido por familiares de autoridades públicas.
La moción advierte que la denominada Ley Antipitutos regula el acceso de familiares a cargos públicos, pero no las gestiones de lobby que estos puedan realizar para representar intereses privados ante el Estado. Por ello, los autores consideran necesario cubrir este vacío legal mediante una regulación específica.
El proyecto recoge experiencias de Estados Unidos, Francia, Canadá, Reino Unido y la Unión Europea, donde existen restricciones al lobby de familiares, prohibiciones de contratación de parientes en ciertos cargos públicos y obligaciones de declarar vínculos familiares. Los autores consideran que estas medidas pueden servir de referencia para prevenir conflictos de interés y evitar que las relaciones familiares otorguen ventajas indebidas ante organismos del Estado.
La iniciativa se fundamenta en el artículo 8° de la Constitución, que consagra los principios de probidad y publicidad. Sus autores sostienen que las restricciones al lobby de familiares de autoridades permiten prevenir conflictos de interés y respetan las garantías de igualdad ante la ley, libertad de trabajo, libertad económica y debido proceso, al contemplar medidas proporcionales y mecanismos de revisión. Además, señalan que su implementación no requerirá nuevos organismos ni gastos fiscales adicionales.
Para cumplir sus objetivos, el proyecto contempla tres mecanismos principales: la obligación de transparentar los vínculos familiares con autoridades, la prohibición de ejercer lobby en determinados organismos y la aplicación de inhabilidades temporales para solicitar nuevas audiencias en caso de incumplimiento.
El proyecto propone modificar la Ley N°20.730 para obligar a quienes soliciten audiencias a declarar sus vínculos familiares con autoridades, incluyendo cónyuges, convivientes civiles y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, información que deberá incorporarse a los registros de agenda pública. Además, establece la prohibición de ejercer lobby ante organismos donde desempeñen funciones ministros, subsecretarios, delegados presidenciales, gobernadores regionales y parlamentarios con quienes exista dicho parentesco, durante el ejercicio del cargo y hasta seis meses después de su término. La restricción también alcanzará a determinadas personas jurídicas vinculadas, aunque contempla excepciones para gestiones no remuneradas, en interés propio o de familiares cercanos y actividades excluidas de la Ley del Lobby. Su incumplimiento dará lugar a inhabilidades temporales para solicitar audiencias. La normativa entraría en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial.
Vea texto moción Boletín N°18.749-06 y siga su tramitación aquí.
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