Diario Constitucional

Honra y reputación

Proyecto de ley busca sancionar y reparar denuncias falsas, con foco en causas sexuales y de familia

La iniciativa apunta a resguardar la presunción de inocencia, estableciendo penas de cárcel, multas, restitución de regímenes parentales y acciones civiles de indemnización frente a acusaciones falsas, especialmente en contextos de familia, violencia intrafamiliar y delitos sexuales.

Por Redacción·10 de febrero de 2026·3 min de lectura
Imagen: fundacioncrianzacompartidachile.cl
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La moción, de autoría del diputado Cristóbal Urruticoechea, que cuenta con el patrocinio de las diputadas Chiara Barchiesi, Ximena Ossandón y Marcela Riquelme, junto a los diputados Harry Jürgensen, Johannes Kaiser y Héctor Ulloa, que sanciona y permite reparar las acusaciones, denuncias y querellas efectuadas en contextos de cuidado personal, relación directa y regular, alimentos y violencia intrafamiliar, que resultaren falsas, tiene por objeto resguardar la presunción de inocencia.

Exponen que se ha advertido a través de diversos organismos que ha habido un aumento de denuncias presentadas con fines ilegítimos, destinadas a perjudicar u obtener ventajas en causas de familia de índole civil o en conflictos familiares que recaen en causas penales, lo que trae consecuencias graves, como una separación injustificada de hijos con sus progenitores, daño moral y reputacional a las personas acusadas y, por ende, el deterioro de la confianza publica en el sistema de justicia.

Aclaran que, si bien existen figuras generales como la calumnia, aún existe un vacío normativo que tenga un marco integral y que articule las dimensiones penal, civil y familiar, que es lo que se busca subsanar precisamente sancionando y reparando así, estas conductas.

Agregan que el proyecto tiene como uno de sus objetivos reafirmar la presunción de inocencia, desincentivar y sancionar las presentaciones de acusaciones, denuncias o querellas falsas, proteger el bienestar de los menores de edad, permitir la reparación económica del afectado y fortalecer la institucionalidad del país a través de capacitaciones y protocolos que podrían realizar determinados organismos.

El proyecto establece que quien presente una acusación, denuncia o querella imputando falsamente a otra persona la comisión de un delito —en particular en materias sexuales y en los contextos antes señalados— será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, además de una multa de 20 a 50 UTM, cuando el hecho imputado corresponda a un simple delito o a una infracción administrativa.

Asimismo, dispone que, si la denuncia falsa hubiere provocado la suspensión, modificación o restricción del régimen de relación directa y regular, o la separación injustificada entre un menor de edad y uno de sus progenitores, el tribunal podrá aumentar la pena en un grado, atendidas las circunstancias del caso.

La iniciativa contempla además que la retractación oportuna de quien incurra en este tipo de conductas podrá ser considerada una atenuante muy calificada, conforme a lo dispuesto en los artículos 68 bis y 211 ter del Código Penal.

En el ámbito de los Tribunales de Familia, el proyecto faculta a los jueces para que, si en cualquier etapa del proceso se concluye que una acusación, denuncia o querella fue falsa o carente de fundamentos, puedan restablecer de inmediato el imperio del derecho y restituir el régimen de relación directa y regular que hubiere sido afectado.

Por otra parte, se reconoce el derecho de toda persona que haya sido objeto de una acusación, denuncia o querella falsa a demandar una reparación económica en sede civil, cuando como consecuencia de ello haya sufrido daño moral, daño emergente, afectación de su honra o reputación, o una separación injustificada de un menor de edad. Esta acción podrá ejercerse en contra de quien formuló la acusación falsa y deberá interponerse por escrito dentro del plazo de cuatro años, contados desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia que establezca las sanciones penales correspondientes.

Finalmente, el proyecto faculta al Poder Judicial y al Ministerio Público para implementar programas de capacitación orientados a la prevención y detección de acusaciones, denuncias o querellas falsas e instrumentales, así como para elaborar protocolos de prevención que incluyan acciones de difusión pública, sensibilización, formación y monitoreo sobre esta materia.

El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional, pasó para su estudio a la Comisión de la Familia de la Cámara de Diputadas y Diputados.

Vea texto moción Boletín N°18.046-18 y siga su tramitación aquí.

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