Negocio Inmobiliario.
Proyecto de ley modifica el Código Penal para tipificar el delito de fraude en la construcción de inmuebles.
Es posible observar un sinnúmero de denuncias ciudadanas y casos judiciales en relación a malas prácticas en el rubro, como la deplorable calidad de los materiales utilizados, groseras fallas en la estructura soportante, los elementos constructivos, instalaciones o terminaciones.

La moción, patrocinada por las Diputadas Ossandon, Olivera y Muñoz y los Diputados Castro, Celis, Fuenzalida, Longton, Santana, Schalper y Álvarez, busca aplicar penas privativas de libertad a los empresarios, contratistas o constructores que, en el proceso de edificación de un inmueble, defrauden o perjudiquen a otro por la inobservancia de las reglas técnicas de construcción aplicables.
Los autores exponen que, para estos casos, la responsabilidad civil está regulada en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, la que establece la responsabilidad del primer propietario vendedor por fallas en la construcción, así como también de los demás profesionales involucrados en las obras.
Sin embargo, señalan que la normativa civil implica procesos judiciales que pueden durar muchos años de tramitación, numerosos gastos y una alta probabilidad de que las empresas responsables carezcan de patrimonio para responder en caso de sentencia condenatoria.
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