Diario Constitucional

Si gana la opción “rechazo”.

Proyecto de reforma constitucional establece un nuevo plazo de inhabilidad para los ex convencionales constituyentes.

En el caso que la propuesta de nueva Constitución sea rechazada en el plebiscito de salida, el plazo de inhabilidad para ser candidatos a cargos de elección popular de los ex convencionales será hasta por cinco años.

Por Redacción·29 de julio de 2022·2 min de lectura
Imagen: Diario de Concepción.
Referencial

La moción, patrocinada por los Senadores Karim Bianchi, Juan Castro, Sebastián Keitel, Manuel José Ossandón y Rafael Prohens, modifica la Carta Fundamental, con el objeto de establecer un nuevo plazo de inhabilidad para los ex convencionales constituyentes, en el caso que indica.

Los autores del proyecto de ley señalan que, atendiendo el hecho de que nuestro país se encuentra atravesando por un complejo proceso constituyente y ante la posibilidad abierta de que al proceso recién terminado le sigan nuevas instancias de discusión colegiadas que requieran de la elección democrática de sus miembros, resulta fundamental contar con precauciones no previstas en los artículos constitucionales permanentes que regularon este proceso, en orden a preparar un eventual nuevo proceso eleccionario.

Indican que, en particular, el artículo 141, que se refiere a la Convención Constitucional y a la forma de elección de los convencionales, establece que los integrantes de la Convención no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención. Por lo anterior, advierten que, en el caso de que se despliegue uno o más procesos constituyentes de características similares al recién desarrollado, y de seguir vigente la norma citada, los ex constituyentes podrían ser nuevamente candidatos.

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