Diario Constitucional

Reforma constitucional senatorial

Senadores con arraigo: Proyecto de reforma constitucional busca exigir residencia efectiva para candidatos

Iniciativa propone requisito de dos años de residencia en la región para postular al Senado, buscando fortalecer la representación territorial y combatir el "turismo electoral". Incorpora causales de inhabilidad para quienes no acrediten residencia. Establece medios objetivos de verificación, como inscripción electoral y antecedentes de actividad en la región.

Por Redacción·10 de diciembre de 2025·2 min de lectura
Imagen: ciperchile.cl
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La moción, iniciada por la senadora Aravena, junto a los senadores Castro y Chahuán, propone incorporar en la Constitución el requisito de residencia efectiva en la región correspondiente para poder ser elegido senador.

El proyecto expone que el Senado cumple históricamente una función de representación territorial, por lo que resulta indispensable que quienes integren dicha Cámara mantengan un vínculo real y comprobable con la región que buscan representar. Actualmente, el artículo 50 de la Constitución no exige residencia previa, lo que ha permitido la postulación de candidatos sin arraigo territorial, fenómeno conocido como “turismo electoral”.

La iniciativa refiere que hasta 2005 existía un requisito de residencia mínima, el cual fue eliminado con la reforma constitucional introducida por la Ley N° 20.050. Desde entonces, la sola fijación de un domicilio formal ha permitido postulaciones desvinculadas de la vida cotidiana, económica y social de las regiones.

El texto señala que el arraigo territorial permite comprender los desafíos concretos de cada unidad regional, como infraestructura, salud, educación, actividad productiva y problemas medioambientales. La ausencia de este vínculo debilita la legitimidad de la representación parlamentaria y la finalidad descentralizadora del sistema de circunscripciones senatoriales.

La moción propone reponer el requisito constitucional de residencia, exigiendo haber vivido de manera efectiva en la región por un período no inferior a dos años antes de la elección. Este plazo se considera razonable para permitir el establecimiento de un domicilio verificable, relaciones comunitarias y conocimiento directo de la realidad regional, sin imponer una barrera desproporcionada al derecho a ser elegido.

El proyecto también incorpora un nuevo numeral en el artículo 57 de la Constitución, estableciendo causales de inhabilidad para quienes no acrediten residencia mediante medios objetivos. Entre ellos se incluyen la inscripción electoral en la región correspondiente y antecedentes que demuestren nacimiento, estudios, actividad laboral o ejercicio de un cargo público en la zona por al menos dos años.

La propuesta busca fortalecer la autenticidad de la representación regional, contribuir a la descentralización política y aumentar la legitimidad democrática del Senado mediante un vínculo territorial verificable entre candidatos y ciudadanía.

El proyecto de reforma constitucional, que cumple su primer trámite constitucional, pasó para su estudio e informe a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.

Vea texto moción Boletín Nº 17.964-07 y siga su tramitación aquí.

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