Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad rechazado.

Corte de Santiago ordena entrega de información sobre costos y procedencia de cuadernillos y tarjetas inteligentes importados para la fabricación de pasaportes y cédulas de identidad.

El Tribunal de alzada descartó actuar arbitrario del CPLT al compartir que la información solicitada por Ley de Transparencia, no tiene carácter de reservada o sujeta a secreto.

Por Redacción·18 de octubre de 2022·2 min de lectura
Imagen: epicentrochile.com
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución, dictada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), que ordenó la entrega de información sobre costos y procedencia de cuadernillos y tarjetas inteligentes importados para la fabricación de pasaportes y cédulas de identidad.

El fallo señala que para que pueda configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2, se precisa una afectación real de los derechos personales, situación no demostrada en este caso, puesto que la reclamante se limitó a exponer de modo genérico el menoscabo que pudiere producirle la entrega de información.

La resolución agrega que, tratándose de una excepción al principio general de publicidad, lo alegado debe probarse; pero aún más, incluso de establecerse algún grado de afectación a los derechos que enuncia, deberá ponderarse si el beneficio que genera la entrega de la información requerida es mayor que el daño que pudiera aquella ocasionar (test de daños); y, en este entendido, como ya se ha dicho, el reclamante nada ha probado, circunscribiendo su fundamentación solo a aspectos generales, y tampoco constan antecedentes que demuestren que su divulgación constituya una amenaza de entidad a dicho objetivo y que el perjuicio será mayor que el interés público en obtener la información solicitada por el requirente.

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