Ante ausencia de respuesta.
CPLT acoge amparo de acceso a la información contra Carabineros de Chile relativo al traslado de detenidos a las comisarías en transporte público.
Se ordena la entrega del instructivo relativo a las buenas prácticas de actuación del personal institucional respecto de los detenidos, o en su defecto, mediante una búsqueda exhaustiva, señalar expresa y fundadamente si dichos antecedentes no existieran o no obraran en su poder.

Se dedujo amparo de acceso a la información contra Carabineros de Chile fundado en la ausencia de respuesta tras la solicitud de información respecto de los procedimientos policiales sobre traslado de detenidos desde el lugar de su detención hasta las comisarías.
En sus descargos, el órgano reclamado señaló que la respuesta a la solicitud de información “fue prorrogada el 8 de agosto de 2018 y resuelta mediante carta RSIP N° 42259, de 14 de agosto de 2018 (…) La prórroga de respuesta y la respuesta misma fueron direccionadas al domicilio que el requirente designó en su presentación. En la respuesta, se indicaba al recurrente el procedimiento que debe seguir Carabineros de Chile para proceder a la detención de alguna persona que ha cometido delito flagrante, derivándolo a las disposiciones pertinentes del Código Procesal Penal.”
Acto seguido, agregó que "Ahora bien, con fecha 17 de agosto de 2018 y 27 de agosto, ambas del presente año, Correos de Chile devolvió las piezas postales antes indicadas, haciendo presente que ‘no hay quien reciba el envío en el domicilio. De este modo, Carabineros de Chile ajustó su proceder a la normativa vigente habiendo dado respuesta a la solicitud de información presentada por el requirente en tiempo y forma.”
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