Se representó infracción al Rector.
CPLT acogió amparo de acceso a la información contra Universidad de Tarapacá por no derivar oportunamente solicitud al Gobierno Regional.
El CPLT recordó que ante similar requerimiento por otro reclamante en contra del mismo organismo, aceptó la alegación de inexistencia de la reclamada.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra de la Universidad de Tarapacá, fundado en la denegación de la información solicitada referente a diversos informes que se particularizan.
En sus descargos. el Rector de la Universidad de Tarapacá indicó que, atendido que la información consultada no obraba en su poder sino en dependencias del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, derivó el requerimiento en análisis a dicho organismo el 17 de abril de 2017.
Al respecto, el CPLT recordó que ante similar requerimiento por otro reclamante en contra del mismo organismo, aceptó la alegación de inexistencia de la reclamada, por cuanto la información consultada no obraba en su poder, sino en dependencias del Gobierno Regional.
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