Diario Constitucional

Límites al estado de excepción

La supremacía de los derechos fundamentales y el Estado de Derecho

Si bien, los estados de excepción constitucional pueden resultar coherentes con la lógica de la democracia, en aquellos casos en que se decide hacer uso de ellos, el Estado más que nunca debe tomar todos los resguardos y providencias que sean necesarios para impedir el atropello a los derechos de las personas por parte de sus agentes.

29 de octubre de 2019·2 min de lectura
Imagen: DIAGONALCIEP
Referencial

La Constitución chilena hace suyo expresamente “el principio de servicialidad” en virtud del cual “el Estado se encuentra al servicio de la persona humana”. En estricta concordancia con esta norma también declara que “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación los derechos fundamentales que emanan de la naturaleza humana” recogidos ya sea en el mismo texto constitucional, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes. Sin perjuicio de otras disposiciones que podríamos traer a colación, estas dos normas son suficientes para entender con meridiana claridad que el respeto a los derechos fundamentales constituye un límite infranqueable para el Estado, incluso en tiempos de excepción constitucional.

La persona humana es y debe ser la razón última del Estado por lo que el desconocimiento y vulneración de sus derechos supone la negación misma de esta asociación política. Atendido lo anterior, si bien, los estados de excepción constitucional pueden resultar coherentes con la lógica de la democracia, en aquellos casos en que se decide hacer uso de ellos, el Estado más que nunca debe tomar todos los resguardos y providencias que sean necesarios para impedir el atropello a los derechos de las personas por parte de sus agentes. Si esto no sucede, deben activarse las responsabilidades constitucionales y políticas propias del Estado de Derecho.

En Chile durante los últimos días se ha producido una legítima demanda social por una serie de causas y circunstancias que tendrán que ser analizadas en su momento, así como las respuestas que el sistema político deberá darles a las mismas. Dentro de este contexto el Gobierno del presidente Piñera ha hecho uso del Estado de Emergencia con el objeto de evitar desórdenes que pusieren en peligro la seguridad y los bienes de las personas.

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