Retiros de fondos previsionales
La validez de la reforma constitucional sobre retiro de fondos de pensiones
El proyecto no agrega ni quita nada de lo dispuesto en el artículo 19 Nº18 que reconoce el derecho a la seguridad social. Por lo tanto, para afirmar la validez de la disposición transitoria constitucional, se debe tener en consideración la regla general en materia de reforma constitucional y la práctica del Congreso Nacional.

El proyecto no agrega ni quita nada de lo dispuesto en el artículo 19 Nº18 que reconoce el derecho a la seguridad social. Por lo tanto, para afirmar la validez de la disposición transitoria constitucional, se debe tener en consideración la regla general en materia de reforma constitucional y la práctica del Congreso Nacional . . .
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