Expedientes electrónicos en la
Sobre la transformación digital del Procedimiento Administrativo en Chile. Principios Generales
Ahora será obligatorio el uso -genéricamente- "de plataformas electrónicas", y que los órganos de la Administración estarán obligados a disponerlas y usarlas adecuadamente para efectos de llevar expedientes electrónicos, las que deberán cumplir -es imperativo- con estándares de "seguridad", "interoperabilidad", "interconexión" y "ciberseguridad".

Ahora será obligatorio el uso -genéricamente- "de plataformas electrónicas", y que los órganos de la Administración estarán obligados a disponerlas y usarlas adecuadamente para efectos de llevar expedientes electrónicos, las que deberán cumplir -es imperativo- con estándares de "seguridad", "interoperabilidad", "interconexión" y "ciberseguridad . . .
Temas
Te puede interesar

Reforma a la normativa urbanística
Cambios gatopardianos a la ordenanza general de urbanismo y construcciones (OGUC)

Vulneración en seguro de desempleo
Alcances de la vulneración al principio de ajenidad de los riesgos y Ley N° 21.227

Nueva Corte de Apelaciones
Haciendo doble clic al anhelo de una tercera Corte de Apelaciones en Santiago


