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Imagen: akiwebnews.com

Casación fondo rechazada

Corte Suprema aplica doctrina de los actos propios y valida obligación de saneamiento ambiental que incluye retiro de asbesto

Descarta ilegalidad en la actuación de la autoridad sanitaria y reafirma que el alcance del saneamiento comprende todos los residuos presentes en el sitio, incluso aquellos detectados con posterioridad, subrayando que no es admisible desconocer obligaciones previamente asumidas en el marco de un plan aprobado a solicitud de la propia empresa.

29 de marzo de 2026

Segundo Tribunal Ambiental confirmó decisión de la autoridad de salud que obliga a empresa a ejecutar plan de retiro de asbesto en terrenos de EFE en San Bernardo.

Obligación solidaria.

Segundo Tribunal Ambiental confirmó decisión de la autoridad de salud que obliga a empresa a ejecutar plan de retiro de asbesto en terrenos de EFE en San Bernardo.

Los sentenciadores concluyen que la resolución reclamada, al rechazar las solicitudes de invalidación y exigir el retiro del asbesto como parte de la obligación solidaria de saneamiento, se encuentra conforme a derecho, puesto que, atendida su naturaleza, no puede entenderse esta obligación desligada de aquélla. De esta forma, no habiendo incurrido la referida resolución en ilegalidad alguna, la reclamación será rechazada en todas sus partes.

02 de junio de 2024

Imagen: Microjuris

Reclamación rechazada.

Segundo Tribunal Ambiental confirmó RCA favorable de proyecto inmobiliario emplazado en la comuna de San Miguel.

El Tribunal fue desechando las alegaciones de los reclamantes vinculadas a: una eventual ilegalidad pues el proyecto se habría iniciado antes de obtener la RCA favorable, una deficiencia en la evaluación por presencia de efectos del asbesto, una inadecuada ponderación del riesgo a la salud por emisiones de material particulado (MP10) y el eventual incumplimiento del compromiso ambiental voluntario por parte de la empresa, entre otros aspectos.

29 de mayo de 2024

imagen: telecinco.es

Corte de Casación de Francia.

Empresa subcontratante debe indemnizar a trabajador que sufre un trastorno de ansiedad a causa del miedo generado por su continua exposición al polvo de asbesto.

La empresa no estaba vinculada al demandante por un contrato de trabajo, por lo que no puede exigirse su responsabilidad sobre la base de la obligación de seguridad No obstante, su responsabilidad puede comprometerse en materia de responsabilidad extracontractual, una vez que se estableció su culpa o negligencia en el cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias.

26 de febrero de 2023