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#LEY 18101

Imagen: inmobiliaria MasterHome

Ley 18.101

Corte Suprema rechaza casación en juicio de arriendo y confirma término anticipado por clausura municipal

Declaró inadmisible la casación en la forma y rechazó la de fondo interpuestas por la arrendadora, manteniendo la decisión que dio por terminado el contrato el 30 de junio de 2024 y ordenó devolver la garantía. La causal de decisiones contradictorias solo procede cuando el fallo contiene resoluciones imposibles de cumplir entre sí, lo que no ocurre en este caso, sostuvo la Corte Suprema al descartar la nulidad formal

28 de febrero de 2026

tribunalconstitucional.cl

Prohibición absoluta de orden de

Requerimiento inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional cuestiona norma que impide suspender ejecución en juicio de arrendamiento

La acción busca declarar inaplicable la frase del artículo 8 N°9 de la Ley N°18.101 que prohíbe conceder orden de no innovar durante la apelación, en una causa tramitada ante el Primer Juzgado Civil de Valparaíso donde se decretó embargo de utilidades por más de $1.000 millones. Se alega infracción al debido proceso, a la igualdad ante la ley y el derecho a un recurso efectivo

18 de febrero de 2026

depositphotos.com

Requerimiento de inaplicabilidad

Se impugnan normas que concentran la tramitación de incidentes y restringen la apelación en los juicios de arrendamiento de predios urbanos

El requirente cuestiona la aplicación de los numerales 8 y 9 del artículo 8 de la Ley N° 18.101, por estimar que la concentración probatoria y la exclusión de recursos impidieron corregir una omisión que no le era imputable, generando una situación de indefensión incompatible con el derecho a defensa, el debido proceso y la obligación de realizar ajustes procedimentales razonables en favor de personas con discapacidad.

30 de diciembre de 2025

Se impugna norma que establece que las acciones de comodato precario se sustancian conforme al procedimiento monitorio de la Ley 18.101

Requerimiento de inaplicabilidad

Se impugna norma que establece que las acciones de comodato precario se sustancian conforme al procedimiento monitorio de la Ley 18.101

La requirente solicitó se declare inaplicable el artículo 18-K de la Ley 18.101, argumentando que su aplicación a un contrato de comodato, y no de comodato precario, en un juicio monitorio vulnera derechos constitucionales como la igualdad ante la ley, el debido proceso y la adecuada defensa, al imponer plazos extremadamente breves y procedimientos sumarísimos incompatibles con la protección de los derechos del demandado.

04 de diciembre de 2025