Diario Constitucional

Tema

#sensacionalismo

Corte de Santiago confirma multa de 80 UTM a Canal 13 por tratamiento sensacionalista de hechos policiales

Televisión y protección de menores

Corte de Santiago confirma multa de 80 UTM a Canal 13 por tratamiento sensacionalista de hechos policiales

El tribunal rechazó la reclamación de ilegalidad de la concesionaria y mantuvo la sanción impuesta por el CNTV por la reiteración de imágenes de disparos y audios de sufrimiento humano durante el horario de protección de menores. La Corte sostuvo que el interés público de las noticias no autoriza un tratamiento audiovisual destinado a exacerbar su impacto emocional.

09 de agosto de 2026

expochileagricola.cl

Cntv anula sanción a canal 13

Transmisión de enfrentamiento en mercado de Lo Valledor en Programa Tu día de Canal 13, durante horario de protección de menores, no infringe la normativa del CNTV.

No existió sensacionalismo en la exhibición del reportaje, ya que no se presentó de forma abusiva ni distorsionada para generar emociones en el público. La transmisión se ajustó a hechos ciertos, con el objetivo de informar sobre nuevas medidas de seguridad en el mercado Lo Valledor, cuando de forma inesperada ocurrió un incidente violento que dejó heridos y pudo tener un desenlace más grave.

14 de enero de 2025

Imagen: Wikipedia.

Sanción impuesta por el CNTV.

Multa aplicada a Canal 13 por emitir en programa matinal “Bienvenidos” noticia sobre la desaparición de una adolescente de 15 años y el funeral de dos hermanos asesinados en la comuna de El Bosque, se ajustó a derecho, resuelve la Corte de Santiago.

La señal televisiva negó la afectación a la privacidad de los involucrados en las notas periodísticas, toda vez que, por tratarse de un medio de prensa no resulta aplicable la Ley sobre Protección a la Vida Privada y, por informarse sobre hechos delictuales, estos tampoco se consideraban parte de la esfera privada de los afectados.

19 de noviembre de 2022

Imagen: encancha.cl

Sanción aplicada por la autoridad fiscalizadora.

Corte de Santiago confirma multa a canal de televisión por cobertura sensacionalista.

La resolución agrega que en cuanto a su conceptualización, refiere al artículo 1° letra g) de igual normativa, lo define como la presentación abusiva de hechos noticiosos o informativos que busca producir una sensación o emoción en el telespectador, o que en su construcción genere una representación distorsiona de la realidad, exacerbando la emotividad o impacto de lo presentado.

07 de diciembre de 2021