Diario Constitucional

Empate de votos.

Inaplicabilidad solicitada por Corporación Municipal que impugna norma que limita excepciones en juicio ejecutivo laboral se declaró inadmisible.

Al producirse empate de votos, se tiene necesariamente por inadmisible el requerimiento, dado que no se ha alcanzado el quórum necesario para superar el estándar negativo formulado en el artículo 84 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura.

Por Redacción·12 de junio de 2021·2 min de lectura
Norma que restringe causales de interposición del recurso de casación en la forma en procedimiento de constitución de servidumbre minera, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 470, inciso primero, del Código del Trabajo.

El precepto impugnado señala: “La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”.

La gestión pendiente incide en un proceso un laboral seguido ante el Juzgado de Letras de Ancud, actualmente radicado en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en el que se presentó una demanda ejecutiva laboral en contra de la Corporación Municipal de Ancud para la Educación y la Salud, la cual opuso la excepción de falta de requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, la cual fue rechazada por el Juzgado del Trabajo, en aplicación del precepto legal impugnado.

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