Tutela judicial efectiva.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas del CPP en causa en la que se someterá a un acusado a una formalización, aun cuando se habría cerrado la investigación.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucionales, los artículos 229 y 232 del Código Procesal Penal.
El primer precepto impugnado establece: “Concepto de la formalización de la investigación. La formalización de la investigación es la comunicación que el fiscal efectúa al imputado, en presencia del juez de garantía, de que desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados.”. Por su parte, el segundo artículo recurrido expresa “Audiencia de formalización de la investigación. En la audiencia, el juez ofrecerá la palabra al fiscal para que exponga verbalmente los cargos que presentare en contra del imputado y las solicitudes que efectuare al tribunal. Enseguida, el imputado podrá manifestar lo que estimare conveniente. A continuación el juez abrirá debate sobre las demás peticiones que los intervinientes plantearen. El imputado podrá reclamar ante las autoridades del ministerio público, según lo disponga la ley orgánica constitucional respectiva, de la formalización de la investigación realizada en su contra, cuando considerare que ésta hubiere sido arbitraria.”.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, en el que el Ministerio Público comunicó la decisión de no perseverar en el procedimiento.
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