Código del Trabajo.
Norma que establece taxativamente las excepciones que se pueden interponer en juicios ejecutivos laborales, se impugna en sede inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
El requirente estima que dicha limitación afecta su derecho a defensa de forma arbitraria, perjudicando directamente su patrimonio.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso primero del artículo 470 del Código del Trabajo.
La citada disposición legal establece:
“La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción.” (Art. 470, inciso 1°).
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