Diario Constitucional

Código del Trabajo.

Norma que establece taxativamente las excepciones que se pueden interponer en juicios ejecutivos laborales, se impugna en sede inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

El requirente estima que dicha limitación afecta su derecho a defensa de forma arbitraria, perjudicando directamente su patrimonio.

Por Redacción·29 de enero de 2022·3 min de lectura
Norma que exige la autorización del juez para enajenar un bien embargado se impugna en el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el inciso primero del artículo 470 del Código del Trabajo.

La citada disposición legal establece:

“La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia, alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción.” (Art. 470, inciso 1°).

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