Ley N° 5.507.
Norma que sanciona el delito de robo de expedientes se impugna ante el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
La requirente, imputada en el procedimiento penal, estima que el hecho que el juez deba apreciar la prueba en conciencia en el caso concreto vulnera sus garantías constitucionales.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 4 de la Ley N° 5.507.
El precepto legal establece:
“Será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de $100 a $1,000, el que substrajere, hurtare, robare o destruyere un expediente o proceso administrativo o judicial, que estuviere en tramitación o afinado. En la susbstanciación y fallo de los procesos por la investigación de estos delitos, los Tribunales apreciarán la prueba en conciencia”. (Art. 4, Ley N°5.507).
Temas
Te puede interesar

Ley 20.720.
Norma que excluye las remuneraciones de funcionarios públicos de la incautación en procesos de liquidación de la persona deudora, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal constitucional.

Se confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.
Norma que niega recurso de nulidad en contra de sentencia dictada en un segundo juicio laboral como consecuencia de haberse anulado el primero, será examinada por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.

Ley 18.120.
Norma que limita la interposición de recursos contra resoluciones que se pronuncien sobre la comparecencia en juicio, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.

