Se trajeron los autos en relación.
Normas de la Ley sobre acceso a la información pública aplicadas por el CPLT que ordenó entregar información sobre el precio de materias primas para la fabricación de pasaportes, serán examinadas por el Tribunal Constitucional en sede de inaplicabilidad.
La requirente alega que la normativa impugnada amplía lo que debe entenderse por información pública más allá de lo que autoriza el texto constitucional.

La Primera Sala del Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugna los artículos 5°, inciso segundo; 10, inciso segundo; y 11, letras a) y c), de la Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.
Las disposiciones legales impugnadas establecen:
“Asimismo, es pública la información elaborada con presupuesto público y toda otra información que obre en poder de los órganos de la Administración, cualquiera sea su formato, soporte, fecha de creación, origen, clasificación o procesamiento, a menos que esté sujeta a las excepciones señaladas”. (Art. 5, inciso segundo).
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