Con votos en contra.
Norma relativa a la competencia de la justicia militar en materia criminal se declara inaplicable por el Tribunal Constitucional.
Juzgar al requirente bajo dicho procedimiento vulnera las garantías de igualdad ante la ley y el debido proceso.

El Tribunal Constitucional declaró inaplicable para resolver la gestión pendiente el artículo 5°, numeral 3, del Código de Justicia Militar.
El precepto legal que no se podrá aplicar para resolver el juicio pendiente establece:
“Corresponde a la jurisdicción militar el conocimiento: (…)
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Confirió traslado a las partes de la gestión pendiente.
Norma que otorga competencia a la justicia militar en proceso penal seguido contra funcionarios de carabineros, será examinada en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.

Proceso iniciado de oficio.
TC adoptó acuerdo para declarar inconstitucional norma que establece sanciones al militar que deja de cumplir sus deberes estatutarios.

Se admitió a trámite con suspensión parcial.
Normas que configuran la jurisdicción de los Tribunales Militares, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

