Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que establecen el reajuste y el interés penal por no pago de las cotizaciones previsionales, se impugna ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, los principios de non bis in idem y de proporcionalidad, y el derecho de propiedad, desde que el interés penal conduce a un enriquecimiento sin causa lo que genera inevitablemente un extremo sobrendeudamiento al demandado.

Por Redacción·08 de enero de 2024·3 min de lectura
imagen: ciperchile.cl
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 19, incisos 11, 12 y 13 del Decreto Ley N°3.500, de 1980, y el artículo 3 N°5 de la Ley N°19.260, que modifica ley N°17.322 y Decreto Ley N°3.500, de 1980, y dicta otras normas de carácter previsional.

Los preceptos legales impugnados establecen:

“Artículo 19.- (…) Para cada día de atraso la deuda reajustada devengará un interés penal equivalente a la tasa de interés corriente para operaciones reajustables en moneda nacional a que se refiere el artículo 6° de la ley N°18.010, aumentado en un cincuenta por ciento. (Art. 1, inciso 11, DL N°3.500).

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