Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que establecen la reconvención y el procedimiento para designar al partidor se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

Se considera que las normas que regulan el trámite de la reconvención en el caso pueden ser contrarias a garantías constitucionales, como la igualdad ante la ley, el acceso a la justicia y el debido proceso, pues estiman que el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil plantea problemas al no garantizar una resolución equitativa.

Por Redacción·05 de diciembre de 2024·4 min de lectura
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Referencial

Se solicitó declarar inaplicable por inconstitucional los artículos 314, 315 y 646 del Código de Procedimiento Civil, referidos a la reconvención en materia civil y al procedimiento para designar al partidor.

Los preceptos legales impugnados establecen lo siguiente:

“Artículo 314.- Si el demandado reconviene al actor, deberá hacerlo en el escrito de contestación, sujetándose a las disposiciones de los artículos 254 y 261; y se considerará, para este efecto, como demandada la parte contra quien se deduzca la reconvención”. (Art. 314, Código de Procedimiento Civil).

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