Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad

Normas que establecen plazo de 5 días para impetrar el incidente de nulidad por falta de emplazamiento se impugnan ante el Tribunal Constitucional

El requirente impugna las normas que fijan plazo de cinco días para reclamar nulidad procesal por falta de emplazamiento, alegando que el término es arbitrario y desproporcionado, impide una defensa efectiva y genera desigualdad entre las partes del juicio civil.

Por Redacción·10 de octubre de 2025·2 min de lectura
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Referencial

Se solicitó declarar inaplicables por inconstitucionales los artículos 80 inciso segundo y 83 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil.

Los preceptos legales impugnados establecen:

“Artículo 80.- (…) Este derecho no podrá reclamarse sino dentro de cinco días, contados desde que aparezca o se acredite que el litigante tuvo conocimiento personal del juicio”. (Art. 80, inciso 2°, Código de Procedimiento Civil).

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