Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que impiden apelar en contra de la resolución que excluye una prueba en procedimiento de familia, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

La requirente alega que las normas legales objetadas infringen el debido proceso, desde que limita la posibilidad de revisión de una cuestión netamente de fondo como es la determinación de si una prueba fue o no obtenida con infracción de garantías constitucionales, y si, en consecuencia, debe ser excluida, en circunstancias que tanto la jurisprudencia como la doctrina sostienen que el debido proceso comprende el denominado derecho a recurrir.

Por Redacción·26 de junio de 2024·2 min de lectura
imagen: asemuch.cl
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 67 N°2 y 26, inciso primero, parte final, ambos de la Ley N°19.968, que crea los Tribunales de Familia.

Los preceptos legales impugnados establecen:

“Artículo 67.- Recursos. Las resoluciones serán impugnables a través de los recursos y en las formas que establece el Código de Procedimiento Civil, siempre que ello no resulte incompatible con los principios del procedimiento que establece la presente ley, y sin perjuicio de las siguientes modificaciones: (…)

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