Diario Constitucional

Vicky Barahona.

Normas que impiden declarar el abandono del procedimiento en causa seguida ante la justicia electoral se impugna por ex alcaldesa de Renca ante el Tribunal Constitucional.

No se garantiza justicia en un plazo razonable e instituyen un proceso jurisdiccional sin término, lo cual deja a la requirente en la indefensión y de manos atadas a un juicio de nunca acabar.

Por Redacción·20 de agosto de 2021·2 min de lectura
Normas que impiden declarar el abandono del procedimiento en causa seguida ante la justicia electoral se impugna por ex alcaldesa de Renca ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 10, inciso final; 23, inciso tercero; y 27, inciso quinto, de la Ley N°18.593, de los Tribunales Electorales Regionales.

Los preceptos legales establecen: “Artículo 10. (inciso final). La resolución de las calificaciones y reclamaciones comprenderá también el conocimiento de cualquier vicio que afecte la constitución del cuerpo electoral o cualquier hecho, defecto o irregularidad que pudiera influir en el resultado general de la elección o designación, sea que haya ocurrido antes, durante o después del acto eleccionario de que se trate”.

“Artículo 23. (inciso tercero). Asimismo, podrá requerir directamente de cualquier autoridad, órgano público, persona, organización, movimiento, partido político, gremio o grupo intermedio, según corresponda, los antecedentes que estime indispensables referentes a materias pendientes de su resolución. Aquéllos estarán obligados a proporcionárselos, bajo los apercibimientos y apremios contemplados en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil”.

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