Debido Proceso.
Pretenden inaplicabilidad de norma en causa en la que se instruyó sumario administrativo con el objeto de determinar una eventual responsabilidad administrativa de un funcionario en la adjudicación de dos licitaciones públicas.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 8 de la Resolución Nº 510 de 2013 de la Contraloría General de la República que Aprueba Reglamento de Sumarios Instruidos por ese órgano de control, en relación con el artículo 130 de la Ley 18834 del Estatuto Administrativo.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “En estos sumarios se designará un actuario cuando el fiscal instructor lo considere necesario. Todos los documentos se agregarán por orden del fiscal instructor, en los que deberá constar fecha y folio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando sea necesario, el fiscal instructor podrá formar cuadernos separados con la realización de determinadas diligencias o agregación de documentos. Lo anterior será ordenado por resolución, consignada en el cuaderno principal”.
La gestión pendiente incide en autos sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Santiago, en los que, mediante Resolución Exenta, se instruyó Sumario Administrativo con el objeto de determinar la eventual responsabilidad administrativa de la requirente en la adjudicación de 2 licitaciones públicas, acto que fue observado en un informe de Contraloría General de la República.
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