Diario Constitucional

Por unanimidad.

TC declara admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que obligarían a Salmonera a entregar información sobre la presencia de enfermedades en sus peces.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Redacción·24 de enero de 2021·2 min de lectura
Imagen: radiosago.cl
Referencial

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto de los artículos 5º, inciso segundo; 10º, y 11º, letras a), c) y d), de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

La gestión pendiente incide en un reclamo de ilegalidad, seguido ante la Corte de Puerto Montt, deducido en contra de la decisión del CPLT que ordenó a SERNAPESCA a entregar información acerca de “los centros de producción salmonera que informaron, en el 2019 y en las Regiones de Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes, la presencia de las enfermedades de peces siguientes: vibriosis, furunculosis y estreptococosis” y que “los centros de cultivo informantes de estas patología sean identificados al menor por su Titular y Número de Registro Nacional de Acuicultura (RNA)”.

El requirente estima que se excedió el marco constitucional al permitir la entrega de esta información, ya que el mismo TC ha determinado que no todo lo que tiene o hacen los órganos de la administración es público. Así, el acceso a la información no recae sobre todo lo que hace o tienen los órganos de la Administracion del Estado, sino sobre sus actos y resoluciones, sus fundamentos y los procedimientos que utilicen.

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