Dignidad humana.
Solicitan se declare inaplicable norma de Ley que crea Tribunales de Familia, en causa en la que se tramita demanda por relación directa y regular en contra de curadora de bienes.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 55, de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia.
El precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, lo siguiente: “Procedimiento ordinario. El procedimiento de que trata este Párrafo será aplicable a todos los asuntos contenciosos cuyo conocimiento corresponda a los juzgados de familia y que no tengan señalado otro distinto en ésta u otras leyes. Respecto de estos últimos, las reglas del presente Párrafo tendrán carácter supletorio.”.
La gestión pendiente incide en autos seguidos ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en los que se tramita demanda por relación directa y regular en contra de la requirente, en su calidad de curadora de bienes designada por un Juzgado civil.
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