Unanimidad.
TC deberá pronunciarse sobre el fondo de inaplicabilidad deducida por Universidad contra norma que limita apelación respecto de decisiones de la Comisión Nacional de Acreditación.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto de la frase “en conformidad con lo establecido en los dos artículos precedentes”, contenida en el artículo 23, inciso primero, de la Ley N° 20.129, que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior.
La gestión pendiente incide en un recurso de protección deducido por la Universidad Alberto Hurtado, por la negativa del CNED de conocer del recurso de apelación – en contra de la decisión que le otorga acreditación institucional por un plazo menor al pretendido- interpuesto por la misma Casa de Estudios, en el que solicita que el Oficio de la Comisión fuese dejado sin efecto por ilegal y arbitrario, y por conculcar gravemente las garantías constitucionales de la UAH correspondientes a la igualdad ante la ley, la libertad de enseñanza, el derecho a desarrollar cualquier actividad económica lícita y el derecho de propiedad.
La Universidad requirente estima que, la aplicación de la disposición cuestionada vulneraría el derecho a la igualdad ante la ley y la prohibición de establecer diferencias arbitrarias, ya que aquellas instituciones de educación superior que se le ha negado la acreditación institucional, sí se les permite recurrir ante el CNED en contra de esa decisión, sin que exista un motivo razonable para que el legislado realizara dicha distinción.
Te puede interesar

Acoge Tutela.
CC de Colombia determinó que requisas degradantes a personas privadas de la libertad y sus visitantes vulnera sus derechos fundamentales.

Igualdad ante la ley y debido proceso.
Empresa solicita se declare inaplicable norma que establecería diferencia de trato entre contribuyentes por parte del SII.

Con voto en contra.
TC acoge inaplicabilidad que impugna normas que excluyen temporalmente a Universidad para contratar con el Estado por incurrir en de vulneración de derechos fundamentales.

