Diario Constitucional

Primera Sala.

TC declara admisible inaplicabilidad que impugna normas que prohíben recurso de casación en juicios de Policía Local, en proceso en que Sociedad de Inversiones fue multada por la Municipalidad de Independencia.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Redacción·29 de septiembre de 2020·2 min de lectura
TC no admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas que facultan al Ministerio Público a no perseverar en un proceso penal.
Referencial

El Tribunal Constitucional declaró admisible un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, respecto de los artículos 20, del D.F.L. N° 458, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones; y 38, de la Ley N° 18.287, que establece procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.

El primer precepto impugnado establece, en lo que interesa al recurso, que “Toda infracción a las disposiciones de esta ley, a su ordenanza general y los instrumentos de planificación territorial que se apliquen en las respectivas comunas, será sancionada con multa, a beneficio municipal, no inferior a un 0,5% ni superior al 20% del presupuesto de la obra, a que se refiere el artículo 126 de la presente ley”. Por su parte, la segunda disposición recurrida establece que no procederá el recurso de casación en los juicios de Policía Local.

La gestión pendiente incide en procedimiento seguido ante el Juzgado de Policía Local de Independencia, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de apelación, en los que la empresa requirente fue multada por la Municipalidad de Independencia por vulnerar la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

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