Con voto en contra.
TC declara inadmisible inaplicabilidad que impugna norma del CPP que restringe apelación en juicio en el que se acusa a una mujer por el delito de robo con violencia.
La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Brahm y del Ministro Letelier, quienes estuvieron por declarar inadmisible el requerimiento únicamente en virtud de la causal prevista en el artículo 84 N° 5.

El Tribunal Constitucional declaró la inadmisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 387, inciso segundo del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente incide en proceso penal seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, en actual conocimiento de la Corte de la misma ciudad, por recurso de amparo, en los que la requirente es imputada por un delito de robo con violencia, en calidad de autora y grado de desarrollo consumado, por lo que el Juzgado de Garantía de Alto Hospicio decretó su prisión preventiva.
Al efecto, cabe recordar que la requirente estima que el precepto impugnado infringiría la igualdad ante la ley, toda vez que la aplicación del precepto legal impugnado supone una infracción a lo dispuesto en el artículo 19 N° 2 de la Constitución, al establecer una diferencia de carácter arbitraria que no encuentra un fundamento razonable en el impedimento de interposición del recurso de nulidad en el caso concreto. Asimismo, el requerimiento aduce que se vulnera el debido proceso, puesto que esta norma atenta contra el derecho a defensa consagrado en el inciso segundo del artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, al impedir la debida intervención del letrado, en este caso, el abogado defensor penal público, a través de la interposición de un recurso que, de forma efectiva, permita que un tribunal de mayor jerarquía pueda pronunciarse sobre la materia. Inevitablemente, la aplicación del precepto legal impugnado convierte a la defensa en una ineficaz.
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