Primera Sala.
TC declara inadmisible requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 38 ter de la Ley de Isapres por no resultar decisivo en la resolución del recurso de protección de conoce la Corte de Apelaciones de Santiago.
Se solicito declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 38 ter de la Ley N° 18.933, en la causa sobre recurso de protección interpuesto en contra de una Isapre ante la Corte de Apelaciones de Santiago que se encuentra actualmente pendiente. La impugnación se acogió a tramite, oportunidad en que la Primera Sala dispuso suspender el…

Se solicito declarar inaplicable por inconstitucional el artículo 38 ter de la Ley N° 18.933, en la causa sobre recurso de protección interpuesto en contra de una Isapre ante la Corte de Apelaciones de Santiago que se encuentra actualmente pendiente.
La impugnación se acogió a tramite, oportunidad en que la Primera Sala dispuso suspender el aludido proceso judicial para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado a la Isapre en su condición de parte en la gestión y le requirió el envío de copia autorizada del contrato de salud suscrito con el requirente y de sus modificaciones.
Evacuando extemporáneamente el traslado la Isapre pidió que la acción fuera declarada inadmisible por cuanto el precepto legal impugnado no resultaría decisivo para la resolución del asunto. Aduce que el contrato de salud es de fecha 25 de abril de 2002, de modo que a la tabla de factores por edad y sexo que en él se contiene no le resulta aplicable lo dispuesto en el citado artículo 38 ter en virtud de lo dispuesto en el inciso final del artículo 2º de la Ley Nº 20.015.
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