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TC declaró constitucionalidad de proyecto de ley que prohíbe condicionar la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.

Se declaró que la disposición contenida en el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley sometido a control de constitucionalidad se encuentra ajustado a la Constitución Política.

Por Redacción·05 de junio de 2019·2 min de lectura
TC declaró constitucionalidad de proyecto de ley que prohíbe condicionar la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta.
Referencial

El TC declaró constitucional el proyecto de ley que modifica la Ley General de Educación en el sentido de prohibir que se condicione la permanencia de estudiantes al consumo de medicamentos para tratar trastornos de conducta (Boletín 11.662-04).

Cabe recordar que el proyecto tuvo su origen en una moción de la diputada Girardi y que tiene por objeto, en esencia, hacer concordante la norma establecida en el párrafo segundo del numeral 4º del artículo 19 de la Ley N° 21040 con lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 2 de 1998 de Educación, y con la Ley General de Educación, para que sea aplicable a todo el sistema educacional y con efecto inmediato con la promulgación y publicación del proyecto convertido en ley de la República.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional indicó que el numeral 1 del artículo único del proyecto de ley es propio de Ley Orgánica Constitucional, ya que modifica la letra k) del artículo 3 de la Ley General de Educación y que este artículo 3, ubicado en el párrafo 1° -sobre principios y fines de la educación- del Título Preliminar de dicho cuerpo legal, fue previamente declarado por el TC como propio de Ley Orgánica Constitucional.

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