Carece de fundamento plausible.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que regula la intervención del tercero excluyente que incidiría en juicio en que abogado acusó fraude procesal.
La gestión pendiente incide en autos sobre terminación de contrato de arrendamiento, seguidos ante el 16° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de apelación.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 22 del Código de Procedimiento Civil, respecto de la frase “sobre la cosa litigada”.
La norma impugnada establece: “Si durante la secuela del juicio se presenta alguien reclamando sobre la cosa litigada derechos incompatibles con los de las otras partes, admitirá el tribunal sus gestiones en la forma establecida por el artículo 16 y se entenderá que acepta todo lo obrado antes de su presentación, continuando el juicio en el estado en que se encuentre.”
La gestión pendiente incide en autos sobre terminación de contrato de arrendamiento, seguidos ante el 16° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de apelación.
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