Diario Constitucional

Frente a empate de votos.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral que incidiría en proceso por cohecho y fraude al Fisco.

No se ha alcanzado el quórum necesario para cumplir con el estándar negativo formulado en el artículo 84 de la LOCTC.

Por Redacción·18 de diciembre de 2018·2 min de lectura
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe apelación contra auto de apertura del juicio oral que incidiría en proceso por cohecho y fraude al Fisco.
Referencial

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba las frases “cuando lo interpusiere el Ministerio Público” y “de acuerdo a lo previsto en el inciso tercer del artículo precedente” contenidas en el artículo 277 inciso segundo del Código Procesal Penal.

El precepto impugnado establece: “El auto de apertura del juicio oral sólo será susceptible del recurso de apelación, cuando lo interpusiere el ministerio público por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente. Este recurso será concedido en ambos efectos. Lo dispuesto en este inciso se entenderá sin perjuicio de la procedencia, en su caso, del recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva que se dictare en el juicio oral, conforme a las reglas generales”.

La gestión pendiente incide en autos penales seguidos ante el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, donde el ex senador Jaime Orpis, requirente en autos, fue acusado en calidad de autor de los delitos reiterados de cohecho, fraude al fisco y uso malicioso de facturas u otros documentos falsos, fraudulentos o adulterados, en actual conocimiento de la Corte de Santiago, por recurso de hecho.

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