No existe gestión pendiente.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma que restringe recurso de nulidad laboral contra sentencia dictada en segundo juicio.
La gestión pendiente incide en autos sobre tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Quillota.

El TC declaró derechamente inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 482 inciso final del Código del Trabajo.
El precepto impugnado establece: “No procederá recurso alguno en contra de la resolución que falle un recurso de nulidad. Tampoco, en contra de la sentencia que se dictare en el nuevo juicio realizado como consecuencia de la resolución que hubiere acogido el recurso de nulidad”.
La gestión pendiente incide en autos sobre tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras de Quillota, en los que la fundación educacional requirente fue demandada por un trabajador despedido.
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Primera sala.
Ingresó al TC inaplicabilidad que impugna normas sobre competencia de tribunales que incidirían en caso de un juicio ejecutivo por cobro de pagaré.

Con voto en contra.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma del Código Civil que vulneraría derecho de propiedad en una causa de impugnación de una servidumbre eléctrica.

Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma que regula la notificación por avisos en materia laboral.

