Diario Constitucional

Primera sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente incide en autos sobre apelación a la declaración de incompetencia efectuada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, de que conoce la Corte de Apelaciones respectiva.

Por Redacción·05 de marzo de 2015·1 min de lectura
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 5, N° 3, del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente incide en autos sobre apelación a la declaración de incompetencia efectuada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, de que conoce la Corte de Apelaciones respectiva.

El requirente estima que la disposición legal en cuestión infringe los artículos 1º, 5º, 14 y 19 Nºs 2 y 3 de la Constitución Política, arguyendo que la jurisdicción militar no brinda garantías suficientes a los imputados, toda vez que se vulnera el derecho de los acusados a un proceso público, así como el derecho a ser oídos por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.

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