Con prevención.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma del Código de Justicia Militar.
La gestión pendiente incide en los autos sobre muerte en cuartel policial y cuasidelito de lesiones graves de que conoce el Segundo Juzgado Militar de Santiago.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba el artículo 5 Nº 3 del Código de Justicia Militar.
La gestión pendiente incide en los autos sobre muerte en cuartel policial y cuasidelito de lesiones graves de que conoce el Segundo Juzgado Militar de Santiago.
En su resolución, se arguye en esencia que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores, ha resuelto, conforme al mérito de cada caso particular, que si un requerimiento de inaplicabilidad interpuesto adolece de vicios o defectos tales que hacen imposible que pueda prosperar, resulta inconducente que la Sala respectiva efectúe un examen previo de admisión a trámite, procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N°s 1890, 1878, 1860, 1789, 1834, 1828, 1788, 1771 y 1749).
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