Diario Constitucional

No se encuentran razonablemente fundados.

TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban norma que establece competencia de juzgados del trabajo en materia de aplicación de normas laborales.

Las gestiones pendientes inciden en autos laborales seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó.

Por Redacción·10 de noviembre de 2017·1 min de lectura
TC declaró inadmisibles inaplicabilidades que impugnaban norma que establece competencia de juzgados del trabajo en materia de aplicación de normas laborales.
Referencial

El TC declaró inadmisibles tres requerimientos de inaplicabilidad que impugnaban la letra a) del artículo 420 del Código del Trabajo.

El precepto impugnado establece: “Serán de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo: a) las cuestiones suscitadas entre empleadores y trabajadores por aplicación de las normas laborales o derivadas de la interpretación y aplicación de los contratos individuales o colectivos del trabajo o de las convenciones y fallos arbitrales en materia laboral”.

Las gestiones pendientes inciden en autos laborales seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Talca por medio de recursos de nulidad, en que se demanda a la Municipalidad de Curicó por cobro de incremento de bonificación proporcional de la ley 19.933.

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