Certificado de acuerdo.
TC escuchó alegatos de fondo de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que limita excepciones en juicio ejecutivo laboral.
El Pleno adoptó acuerdo, quedando en estado de sentencia, designándose como redactor al Ministro Pica.

En audiencia celebrada ante el Pleno del Tribunal Constitucional se escucharon los alegatos de fondo de requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 470, inciso primero del Código del Trabajo.
La gestión pendiente incide en autos de cobranza laboral, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, en los que la empresa requirente, Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, es demandada por un Ex Consejero que pretende el pago de cuotas por concepto de indemnización legal establecida en el artículo 212-6 de la Ley N° 20.936; y en los que ha deducido excepciones de incompetencia del Tribunal, falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por la ley para que dicho título tenga fuerza ejecutiva y de finiquito.
Se anunciaron para alegar, en representación de la empresa requirente, el Abogado, Pedro Matamala Souper; y por el requerido, el Abogado, Victo Avilés Hernández.
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