Diario Constitucional

Segunda sala.

TC resolverá admisibilidad de inaplicabilidad que impugna artículo 2331 del Código Civil que impide reparar el daño puramente moral causado contra el honor de una persona derivado de imputaciones injuriosas.

la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la Empresa Periodística La Nación S.A.

Por Redacción·27 de junio de 2012·1 min de lectura
TC resolverá admisibilidad de inaplicabilidad que impugna artículo 2331 del Código Civil que impide reparar el daño puramente moral causado contra el honor de una persona derivado de imputaciones injuriosas.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2331 del Código Civil.

La gestión pendiente invocada incide en una demanda de indemnización de perjuicios en contra de la Empresa Periodística La Nación S.A., ventilada ante un Juzgado Civil de Santiago, que se encuentra en estado de ser fallada mediante sentencia definitiva.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a la Empresa Periodística La Nación S.A. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

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