Con suspensión.
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre facultades jurisdiccionales al Tesorero Regional y/o Provincial y al abogado Provincial de la Tesorería General de la República.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso y la igualdad ante la ley.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2 Nº 2 del D.F.L. Nº 1 de 1994, que establece el Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, y los artículos 170 al 179, 185, 190 y 193 del Código Tributario.
La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el 1° Juzgado Civil de Santiago, en que el requirente fue demandado por la Tesorería General de la República por obligaciones tributarias incumplidas.
El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso y la igualdad ante la ley, ya que el procedimiento ejecutivo de cobro de obligaciones tributarias, en su parte administrativa, no regula ningún tipo de recursos ni procedimiento de control de los actos de la administración por parte de un tribunal administrativo como es el Juez sustanciador y el abogado.
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No existe gestión pendiente.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que facultan a tribunales decretar medida de arresto para hacer cumplir una obligación de hacer.

Además adoptó acuerdo en todas las causas.
TC escuchó alegatos de fondo en inaplicabilidades que impugnan normas que prohíben aplicar penas sustitutivas a delito de porte ilegal de armas.

Carece de fundamento plausible.
TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que excluirían transparencia pasiva respecto de empresas públicas, del Estado o sociedades con participación estatal mayoritaria.

