Diario Constitucional

Con suspensión.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre facultades jurisdiccionales al Tesorero Regional y/o Provincial y al abogado Provincial de la Tesorería General de la República.

El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso y la igualdad ante la ley.

Por Redacción·27 de marzo de 2018·2 min de lectura
TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre facultades jurisdiccionales al Tesorero Regional y/o Provincial y al abogado Provincial de la Tesorería General de la República.
Referencial

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 2 Nº 2 del D.F.L. Nº 1 de 1994, que establece el Estatuto Orgánico del Servicio de Tesorerías, y los artículos 170 al 179, 185, 190 y 193 del Código Tributario.

La gestión pendiente incide en autos ejecutivos, seguidos ante el 1° Juzgado Civil de Santiago, en que el requirente fue demandado por la Tesorería General de la República por obligaciones tributarias incumplidas.

El requirente estima que el precepto impugnado infringiría el debido proceso y la igualdad ante la ley, ya que el procedimiento ejecutivo de cobro de obligaciones tributarias, en su parte administrativa, no regula ningún tipo de recursos ni procedimiento de control de los actos de la administración por parte de un tribunal administrativo como es el Juez sustanciador y el abogado.

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