Hay voto en contra.
TC se pronunciará respecto del fondo de inaplicabilidad que impugna norma sobre contratación a honorarios de empleados municipales.
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad laboral de que conoce la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 4º del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley Nº 18.883).
La gestión pendiente incide en un recurso de nulidad laboral de que conoce la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción.
La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto, de los antecedentes examinados, se concluye en esencia haberse dado cumplimiento a todos los requisitos exigidos por el artículo 93, inciso decimoprimero, de la Constitución Política, en relación con lo previsto en el artículo 84 de la LOCTC.
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