Ley Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
Tribunal Constitucional declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnó norma que establece el secreto de las sesiones y actas de las Juntas de Selección y Apelación de las Fuerzas Armadas.
Adolece de falta de debido fundamento plausible.

La Segunda Sala del Tribunal Constitucional declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnó el artículo 26, inciso sexto, de la Ley N°18.948, Orgánica Constitucional de las Fuerzas Armadas.
El precepto impugnado establece: “En cada Institución se convocarán y constituirán, anualmente, Juntas de Selección, ordinarias o extraordinarias, conformadas por Oficiales, para el conocimiento, estudio y valorización de las calificaciones del personal, elaboración de las listas de clasificación, formación del Escalafón de Complemento y la Lista Anual de retiros y consideración de las solicitudes de reincorporación.
Estas mismas Juntas podrán establecer bases de selección de aquellos que serán propuestos para el ascenso al grado jerárquico superior u otorgar el respectivo pase de ascenso, cuando corresponda.
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